Beneficios Estatales Generales

Retiro Seguro de Cesantía

Dirigido a pensionados afiliados al Seguro de Cesantía, incluyendo a quienes siguen ejerciendo com trabajadores(as) de casa particular, este beneficio permite solicitar el retiro total de los fondos acumulados en su Cuenta Individual de Cesantía (CIC).

Los(as) afiliados(as) pensionados(as) también tienen la opción de hacer el traspaso de sus fondos, de forma parcial o total, desde su CIC a su cuenta de ahorro previsional en su AFP. En este caso, debe solicitar el traspaso directamente a su respectiva administradora de fondos de pensiones.

Revisa qué documentos necesitas para realizar tu retiro de fondos y qué puedes hacer en caso de no poder realizar el trámite personalmente aquí.

El trámite se realiza 100% en línea ingresando con clave única o RUN y número de serie a clave única.

Procedimiento Concursal de Renegociación de Deudas

El Procedimiento de Renegociación es un mecanismo voluntario con el que puedes ordenar todas tus deudas, si es que eres deudor como persona natural. Este considera tanto deudas impagas como las que están al día.

El objetivo es llegar a un acuerdo con todos tus acreedores sin necesidad de pasar por instancias judiciales, obteniendo nuevas condiciones de pago que sean acorde a tus ingresos del momento (podrías beneficiarte con una rebaja de intereses, más plazo para cumplir e incluso meses de gracia). De esta manera podrás resolver tu problema de sobreendeudamiento sin tener que perder tus bienes, siempre y cuando cumplas con lo pactado.

Este es un trámite administrativo, gratuito y voluntario, que en promedio dura 3 meses. Durante todo el proceso serás acompañado(a) por profesionales de la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento (Superir), sin la necesidad de contratar a un abogado.

Se puede acceder al beneficio a través de la página web de la Superintendencia www.superir.gob.cl

    Aporte Familiar Permanente (Ex Bono Marzo)

    Es un beneficio monetario que forma parte del Sistema de Protección Social y que se entrega en marzo de cada año para que las familias de menores ingresos puedan solventar los mayores gastos que tienen.

    El monto del aporte es de $64.574 (2025) por carga familiar o familia, según el tipo de beneficiario al que se pertenezca.

    El Aporte Familiar Permanente se paga a:

    • Las personas con Subsidio Familiar que cobraban este beneficio al 31 de diciembre del año anterior. Reciben un aporte por cada causante de subsidio.
    • Las familias pertenecientes a Chile Solidario o al Subsistema de Seguridades y Oportunidades (Ingreso Ético Familiar), que eran beneficiarias de dichos sistemas al 31 de diciembre del año anterior. Reciben un aporte por familia.
    • Las personas con Asignación Familiar o Maternal, que cobraban esos beneficios al 31 de diciembre del año anterior. Reciben un aporte por cada carga familiar.

    Los pagos de este bono se realizan según los siguientes grupos definidos por el IPS:

    • Grupo 1: Desde el 17 de febrero, para quienes reciben Subsidio Familiar, Chile Solidario o Ingreso Ético Familiar entre el 15 y 28 de febrero.
    • Grupo 2: Desde el 3 de marzo, para quienes reciben los mismos beneficios entre el 1 y 14 de marzo, y pensionados del IPS con cargas familiares.
    • Grupo 3: Desde el 17 de marzo, para pensionados de entidades distintas al IPS que reciben Asignación Familiar. Si tienen Cuenta RUT de Banco Estado, el Aporte se depositará automáticamente en esa cuenta.

    ¿Desde cuándo podré consultar por el Aporte Familiar Permanente 2025?

    Los beneficiarios pueden consultar su fecha y lugar de pago a partir del 17 de febrero, 3 de marzo y 17 de marzo, dependiendo del grupo al que pertenezcan.

    Más información en 👉 www.aportefamiliar.cl

    Programa vacaciones 3era. edad

    ¿En qué consiste este beneficio?

    Permite a adultos mayores acceder a paquetes turísticos subsidiados por el Servicio Nacional de Turismo (SERNATUR).

    Requisitos para solicitarlo:

    Beneficio para adultos mayores y personas con capacidad disminuida, que cumplan uno de los siguientes requisitos:

    • Ser chilenos o extranjeros con más de 60 años y residencia permanente en el país.
    • Ser pensionados de cualquier sistema previsional (aunque no tenga los 60 años de edad).
    • Personas con capacidad disminuida mayores de 18 años, quienes podrán viajar como beneficiarios directos o bien acompañando a una persona.

    ¿Qué incluye el beneficio?

    • Traslado de ida y vuelta (en avión, bus o tren).
    • En caso de transporte aéreo incluye tasa de embarque y traslado de aeropuerto-hotel y de hotel- aeropuerto.
    • Estadía en hoteles, hosterías, apart-hoteles o cabañas según destino.
    • Régimen de pensión completa (desayuno, almuerzo y cena).
    • Actividades y excursiones recreativas en cada destino.
    • Seguro de asistencias en viajes en caso de accidentes.
    • Servicio de atención paramédica para cada viajero al interior del lugar de alojamiento.

    Acompañantes

    Cada beneficiario podrá ir acompañado de una persona mayor de 18 años, pagando los mismos valores que ya cuentan con un subsidio aplicado y accediendo a iguales derechos y deberes del beneficiario.

    Si el acompañante es extranjero, no tendrá derecho al aporte o subsidio estatal, debiendo pagar el valor total del paquete; salvo aquellos extranjeros que se encuentren adscritos a algún convenio de colaboración o intercambio de pasajeros firmado por Sernatur, si es que así lo determina el Servicio.

    Para mayor información de este beneficio, ingresa a Vacaciones Tercera Edad

    Subsidio de arriendo para Adulto Mayor

    Hay beneficios económicos del Estado para comprar, mejorar y arrendar una vivienda.

    ¿En qué consiste?

    Es un beneficio económico de un aporte mensual que cubre entre el 90% y 95% del valor del arriendo de una vivienda, dependiendo del tramo en el Registro Social de Hogares (RSH). Las personas que obtengan este beneficio deben realizar un copago mensual de entre un 5% y10% de la renta mensual de arriendo.

    El subsidio es para arriendo de hasta UF 11, con la excepción de las siguientes comunas donde será para arriendos de hasta UF 13: para todas las comunas de las regiones de Aysén y Magallanes, y las comunas de Arica, Camarones, Iquique, Alto Hospicio, Antofagasta, Calama, Copiapó, Isla de Pascua y Juan Fernández. Es otorgado por 24 meses, el cual podrá ser utilizado de manera consecutiva o dividida en un plazo máximo de 8 años.

    Requisitos

    • Tener más de 60 años al momento de postular, o cumplirlos durante este año calendario. Lo anterior se acreditará presentando cédula de identidad vigente.
    • No superar el tramo del 70% más vulnerable según el Registro Social de Hogares (RSH).
    • Acreditar un ingreso mínimo de UF 5 equivalente a la pensión asistencial vigente al 2022, como base para acreditar ingresos y cálculo del copago.

    No es necesario

    • Estar arrendando al momento de postular.
    • Tener ahorro mínimo.
    • Contar con núcleo familiar.

    Podrás postular con tu ClaveÚnica en arriendoenlinea.minvu.cl una vez que se abra la convocatoria.

    Para más información ingresa aquí.

    Beneficios Estatales de Salud

    Fonoaudiología y Kinesiología para personas mayores con discapacidad

    Corresponde a la eliminación del tope anual en prestaciones de Kinesiología y Fonoaudiología para personas con discapacidad que se encuentren inscritas en el Registro Nacional de Discapacidad y que estén afiliadas a Fonasa en los tramos B, C y D.

    Esto significa que podrán atenderse en cualquier recinto de salud público o privado que ofrezcan estas prestaciones pasando de un tope de 90 atenciones al año en Kinesiología y 15-30 atenciones en Fonoaudiología, a no tener tope alguno.

    ¿A quién está dirigido?

    • A personas con discapacidad que necesiten atención kinesiológica y/o fonoaudiológica y que estén afiliadas a Fonasa (tramos B, C y D).

    Requisitos:

    • Ser cotizante de Fonasa.
    • Estar inscrito en el Registro Nacional de Discapacidad del Registro Civil

    Más detalles del beneficio en www.reddeproteccion.cl

    Examen anual de medicina preventiva del adulto mayor FONASA (EMPAM)
    • Es un examen que busca detectar a tiempo factores de riesgo que puedan llevar a una persona mayor a una situación de dependencia, permitiendo así evitarla o postergarla.

      Este examen se realiza anualmente y para su aplicación debes solicitar una hora sin costo en el Centro de Salud Familiar (CESFAM) en que estés inscrito o corresponda a tu comuna de residencia.

      Este examen evalúa los siguientes aspectos:

      • Mediciones Antropométricas
      • Evaluación funcional del Adulto Mayor (EFAM)
      • Índice de Barthel

      Se dirige a personas mayores de 65 años que estén afiliadas a Fonasa e inscritas en el CESFAM.

      Para solicitar el beneficio se debe acudir al CESFAM correspondiente a la comuna de residencia y solicitar una hora para realizar el examen.

      En el caso de ser afiliado a Isapre, se podrá solo acceder al EFAM, el cual debe ser solicitado a su entidad de afiliación donde te informarán sobre los centros de salud disponibles para realizar dicha evaluación, donde posteriormente deberás solicitar una hora de atención.

      Más detalles del beneficio en www.reddeproteccion.cl

    Salud Oral Integral para Personas Mayores

    Es un programa de atención odontológica dirigida a educar, prevenir patologías bucales, recuperar y rehabilitar la salud bucal de las personas de 60 años o más con mayor vulnerabilidad socioeconómica.

    Consiste en una atención odontológica realizada por un cirujano dentista, según las necesidades del paciente.

    El programa está disponible en los centros de Atención primaria de Salud y en Atención Odontológica Domiciliaria.

    El copago que se debe pagar dependerá del tipo de previsión que tenga.

    Si es afiliado a Fonasa.

    • Si es Fonasa tramo A o B, la prestación es gratis.
    • Si es Fonasa tramo C se pagará un copago de 10% del valor del arancel.
    • Si es Fonasa Tramo D se pagará un copago de 20% del valor del arancel.

    Si es afiliado a Isapre se pagará un copago de 20% del valor del arancel.

    Para mayor información del beneficio visitar www.superdesalud.gob.cl

    Ley de urgencia

    Es un beneficio que garantiza que todas las personas que presentan una emergencia, en el ámbito de la salud, reciban atención inmediata en cualquier hospital o clínica privada, si son afiliados a Fonasa o Isapre de manera indiferenciada.

    Al ingresar por Ley de Urgencia, tu sistema de salud pagará la atención hasta el momento de tu estabilización directamente al hospital o clínica. Después deberás devolver una parte del costo a Fonasa o Isapre. Es decir, se trata de un préstamo y no implica gratuidad.

    Esta Ley de Urgencia no cubre:

    • Atenciones de urgencia que no tienen riesgo de muerte o de secuela grave para el paciente.
    • Complicaciones que impliquen riesgo de muerte o secuela grave para personas que ya se encuentran hospitalizadas o atenciones de emergencia de personas que pidieron el alta voluntaria para ir a otro centro de salud.
    • Atenciones de emergencia relacionadas a una enfermedad terminal.
    • Prestaciones asociadas a la hospitalización o tratamientos posteriores a la estabilización.

    Para más detalles de esta Ley ingresa a https://www.bcn.cl/leyfacil/recurso/ley-de-urgencia-en-salud

    Descuentos en medicamentos FONASA

    ¿Qué es el beneficio?

    Descuentos en algunos medicamentos, existen 6.900 medicamentos disponibles en 512 locales del país con convenio FONASA.

    ¿A quién va dirigido?

    A todas las personas beneficiarias de FONASA, sin importar su nacionalidad, edad, ni a qué tramo pertenecen.

    ¿Cómo se accede a los descuentos?

    1. Buscador de beneficio: medicamentos.fonasa.cl
    2. Ingresar dirección actual, tipo de búsqueda y el nombre del medicamento.
    Bono PAD

    El Bono PAD es un paquete de procedimientos médicos y quirúrgicos que incluye una cirugía, los días de cama, los medicamentos, insumos y todo lo necesario para resolver tu atención.

    Con el Bono PAD puedes conocer el monto de la cuenta de forma anticipada, cuando te atiendas en un establecimiento privado en convenio (modalidad libre elección).

    Este beneficio está dirigido a personas afiliadas o cargas de Fonasa que estén inscritos en los tramos B, C y D. Es decir quienes ganan más del sueldo mínimo y cotizan el 7%, tengan uno de los 63 diagnósticos PAD certificado por un médico.

    El Bono PAD tiene un precio fijo y está disponible en centros médicos con convenio.

    Puedes encontrar más detalles del beneficio en: www.reddeproteccion.cl

    Préstamos Médicos FONASA
    • Es una ayuda económica que entrega Fonasa para financiar una parte o la totalidad de la cuenta hospitalaria.

      Este beneficio se entrega para las atenciones en la Red Pública, prestaciones AUGE/GES y para algunas prestaciones que se realizan en la Red Privada.

      Dirigido a todas las personas afiliadas y sus cargas de Fonasa en los tramos B, C o D, que se atiendan en la Red Pública o Privada de Salud.

      Para acceder a este beneficio, debes cumplir los siguientes requisitos.

      • Llenar el formulario de Solicitud de Préstamos Médico que debe incluir tu firma, la de los codeudores y los empleadores respectivos. Puede obtenerlo en cualquier sucursal de Fonasa o descargarlo aquí.
      • Debes estar al día con otros Préstamos Médicos, si los tuviese. Ni tú, ni tus codeudores pueden estar morosos en un Préstamo Médico anterior.
      • Debes estar al día en el pago de tus cotizaciones. Es decir, demostrar con tu liquidación de sueldo que se ha descontado la cotización de salud.
      • Tus codeudores deben tener un ingreso igual o superior al tuyo.
      • Si es:
        • Trabajador dependiente o por turnos, días o jornadas: debes presentar tu certificado de cotizaciones de 6 meses, sean continuos o no dentro de los últimos 12 meses y contar con dos codeudores.
        • Trabajador independiente: debes presentar tu certificado de cotizaciones de los últimos 12 meses continuos y contar con dos codeudores.
        • Pensionado: debes presentar la última colilla de pago de tu pensión y solo necesitas un codeudor.
      Condonación FONASA

      Es una ayuda con el pago de la cuenta hospitalaria en la Red Pública de Salud.

      Fonasa te apoya financieramente en el pago de la cuenta por atenciones hospitalarias, lo que te permite reducir total o parcialmente tu deuda.

      Para acceder al beneficio debes cumplir con los siguientes requisitos:

      • Debes ser cotizante de Fonasa y estar inscrito en los tramos de ingresos B, C o D (chilenos o extranjeros residentes en Chile, con cédula de identidad chilena).
      • Recuerda que:
        • Tramo A: Beneficiarios carentes de recursos para cotizar en salud, o en condición de indigencia (no cotizantes).
        • Tramo B: Beneficiarios cotizantes con ingresos menores a $440.000 al mes.
        • Tramo C: Beneficiarios cotizantes con ingresos entre $440.000 y $642.400 al mes.
        • Tramo D: Beneficiarios cotizantes con ingresos mayores a $642.400.
      • La atención de salud debe haber sido otorgada en un establecimiento de la Red Pública de Salud.

      Para realizar el trámite deberás concurrir con la documentación necesaria a alguna sucursal de Fonasa Encuentra la documentación necesaria y más detalles del beneficio en  www.reddeproteccion.cl

      Elige tu prestador

      Elige Tu Prestador es una plataforma que te permite encontrar a los prestadores privados en convenio con Fonasa más cercanos a tu ubicación de preferencia, y conocer los costos asociados a cada prestación.

      Para ingresar puedes hacerlo desde www.fonasa.cl

      Para encontrar al prestador debes ingresar tu dirección de preferencia y el código o nombre de la prestación.

      GES/AUGE

      El GES o AUGE es un beneficio que garantiza por ley el acceso al tratamiento de 85 enfermedades o problemas de salud, en plazos y costos definidos, sin importar si es afiliado a Fonasa o Isapre.

      El GES otorga acceso y protección financiera, cubriendo gran parte del costo de las prestaciones de salud relacionadas a las 85 enfermedades o problemas de salud.

      Este beneficio cubre las prestaciones de salud necesarias para confirmar el diagnóstico, dar tratamiento y/o seguimiento, dependiendo del problema de salud que tengas. Por ejemplo: consultas, exámenes, procedimientos, insumos, cirugía, hospitalización, etc.

      Pueden acceder a este beneficio personas afiliadas a Fonasa o Isapre, considerando a sus cargas, y personas que sean parte del PRAIS (Programa de Reparación y Atención Integral de Salud a los Afectados por violaciones a los Derechos Humanos), que hayan sido diagnosticadas con alguna de las 85 enfermedades o problemas de salud que cubre el GES y se atiendan en establecimientos de salud según tu previsión.

      La cobertura que tendrá dependerá del tramo de Fonasa o Isapre del que seas parte:

      Si eres Afiliado o carga de Fonasa:

      • Tramo A o mayores de 60 años o PRAIS: cubre el 100% del arancel.
      • Tramo B: cubre el 100% del arancel.
      • Tramo C: Cubre el 90% del arancel.
      • Tramo D: Cubre el 80% de arancel.
      • Si tienes otra cobertura adicional, como por ejemplo, un seguro complementario, podrás usarlo para disminuir la parte que se debe pagar.

      Si eres afiliado o carga de Isapre:

      • El plan AUGE cubre el 80% del arancel.
      • Si tienes otra cobertura adicional, como por ejemplo, un seguro complementario, podrás usarlo para disminuir la parte que se debe pagar.

      Para activar el beneficio debes seguir estos pasos:

      • Si tu médico tratante sospecha que existe probabilidad de que tenga alguna patología considerada en el GES, deberás realizarte los exámenes que correspondan o derivarlo al especialista del área médica que corresponda.
      • Confirmado el diagnóstico que se trata de uno de las 85 enfermedades que se consideran en el GES, tu médico deberá entregarte el Formulario de Constancia de Información al Paciente GES (disponible en http://www.supersalud.gob.cl/servicios/669/articles-6016_form_url.pdf) y empezar las atenciones que están garantizadas.
      • Fonasa o tu Isapre te derivarán al centro de salud para realizar el tratamiento de la condición.

      Para más detalles del beneficio, enfermedades consideradas y cómo acceder puedes entrar a www.reddeproteccion.cl o directamente con Fonasa o tu Isapre de afiliación.

      Ley Ricarte Soto

      Es una Ley que crea un Sistema de Protección Financiera para diagnósticos y/o tratamientos de 27 enfermedades de alto costo, que impactan de manera catastrófica el presupuesto familiar.

      Este sistema financia algunos diagnósticos y/o tratamientos de alto costo, definidos a través de decretos, como enfermedades oncológicas, metabólicas, raras o poco frecuentes.

      Este beneficio cubre el costo del examen de diagnóstico para 10 de los 27 problemas de salud que se encuentran en el Sistema de Protección Financiera y tratamiento para 18 de estas, donde estos pueden ser a través de medicamentos, dispositivos médicos o alimentos de alto costo.

      ¿A quién está dirigido?

      • A todas las personas que tienen previsión de salud, ya sea Fonasa, Isapre, Dipreca o Capredena.
      • Que tengan uno de los 27 problemas de salud garantizados, y que cumplan con ciertos criterios de inclusión establecidos en los Protocolos del Ministerio de Salud. La solicitud de la confirmación diagnóstica o del tratamiento debe ser realizada por el médico tratante.

      Para activar el beneficio debes seguir este proceso:

      • Que tu médico tratante solicite la confirmación del diagnóstico y/o tratamiento a través del formulario de postulación disponible en http://www.supersalud.gob.cl/servicios/669/articles-13018_form_url.pdf.
      • El médico recibirá la respuesta del Comité de Expertos Clínicos del Minsal.
      • El médico te avisará si fue aprobado o no el tratamiento solicitado para ser financiado por la Ley.
      • Con esta notificación se activará el beneficio para acceder a la entrega de los tratamientos, donde serás asignado a un establecimiento para tal y tu posterior seguimiento.

      Accede al beneficio y encuentre más detalles en www.reddeproteccion.cl

      Cobertura Adicional para Enfermedades Catastróficas (CAEC)

      Es un beneficio adicional que otorgan algunas Isapres para cubrir una parte de los gastos de hospitalización derivados de enfermedades catastróficas de alto costo, que no están consideradas en el AUGE.

      Para activar este beneficio la Isapre selecciona algunos hospitales, clínicas o profesionales de la salud en convenio, dentro de Chile, para que entreguen las atenciones de salud correspondientes.

      Dirigido a personas afiliadas a las Isapres Banmédica, Consalud, Colmena, Cruz Blanca, Cruz del Norte, Fundación, Nueva Masvida, FUSAT y Vida Tres que tengan un diagnóstico que puede convertirse en una enfermedad catastrófica porque generará un gasto de alto costo.

      Para activar el beneficio dependerá si estás diagnosticado en el contexto de una consulta ambulatoria o si este ingreso es por urgencia médica.

      En el caso de una consulta ambulatoria:

      • Si te entregan un diagnóstico que tiene probabilidades de transformarse en una enfermedad catastrófica, deberás solicitar el certificado al médico tratante para activar el beneficio.
      • Deberás acudir lo antes posible a cualquier oficina de tu Isapre y solicitar que se active el beneficio de la CAEC presentando un certificado médico y completar el formulario Nº1.
      • Solicitado el ingreso, la Isapre deberá describir inmediatamente las condiciones de la derivación a una clínica u hospital que corresponda de tu Red CAEC.
      • Si estás de acuerdo deberás firmar el formulario Nº2. Donde posteriormente la Isapre tendrá 48 horas para gestionar la derivación e informarte sobre el procedimiento.

      En el caso de una urgencia que implica riesgo vital o una secuela grave:

      • Si la urgencia se realiza en un hospital o clínica que no sea parte de la Red CAEC de tu Isapre:
        • Si sospechas que se trata de una enfermedad catastrófica, deberás solicitar de inmediato la activación del beneficio CAEC en alguna sucursal de tu Isapre. Deberá presentar el informe médico y completar el formulario Nº1 que te entregará tu Isapre.
        • La Isapre deberá derivarte a una clínica u hospital que forme parte de su Red CAEC en un plazo máximo de 48 horas, siempre que tu médico tratante autorice el traslado.
        • Para aceptar esta derivación a una clínica u hospital que forme parte de la Red, deberás firmar el formulario Nº2.
        • Tu Isapre deberá informarte los pasos a seguir.
      • Si la urgencia se realiza en un hospital o clínica parte de la Red CAEC de tu Isapre:
        • Si sospechas que se trata de una enfermedad catastrófica, deberás solicitar de inmediato la activación del beneficio CAEC en alguna sucursal de tu Isapre. Deberás presentar el informe médico y completar el formulario Nº1 que te entregará tu Isapre.
        • La Isapre definirá si te mantienes en ese centro de salud o te deriva a otro dentro de su Red CAEC.
        • Si aceptas la decisión de la Isapre, deberás firmar el formulario Nº2 entregado por tu Isapre.
        • Tu Isapre te informará los pasos a seguir.

      Más información y coberturas del beneficio en www.reddeproteccion.cl